Al margen del conocimiento vulgar e incluso de los diccionarios de la lengua española que definen de modo muy semejante a una y otra (sanción y pena); nosotros estudiantes y estudiosos del Derecho no debemos caer en esa simplicidad sino ir un poco más allá y ver que indudablemente no son lo mismo.
Por lo cual, podemos decir que:
- La Sanción es el género y la Pena la especie.
- La Sanción puede ser de diversos modos, puede ser un castigo o también una recompenza.
- No todas las sanciones son penas.
- La Pena por su parte siempre supone un castigo para "penar", castigar. Esto se podría justificar del siguiente modo: quien comete un acto ilícito debe "pagar", ser penalizado para resarcir el mal que provocó o incluso para desestimular al resto (para que el resto no cometa el mismo daño).
Es fundamental para Derechos Humanos tener presente las teorías que justifican la pena, sobre todo cómo se justifica el derecho de la sociedad y del estado de aplicar un sufrimiento a uno de sus integrantes. En el manual se pueden registrar tres teorías la retribucionista, la utilitarista de la felicidad general y una teoría intermedia a la que, parece que se afilia Nino.
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